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Vídeo con algunas pinceladas de la actividad del centro.

AYUDAS ECONÓMICAS DEL AYUNTAMIENTO DE ALBACETE

Objetivos: 
* Conciliación familiar y laboral.
* Sufragar parte de servicios contratados para el cuidado de los hijos menores de entre 0 a 12 años, a través del abono mediante transferencia bancaria, una vez justificado el importe.

Requisitos:
* Que los progenitores se encuentren en situación laboral activa.
* Estén empadronados en la ciudad de Albacete.

Modalidades:
a) Contratación de servicios. Una ayuda económica destinada a sufragar parte de los gastos correspondientes a la atención de los menores en centros educativos, ludotecas o instalaciones similares por una cuantía de 100 euros/mensuales para cada uno de los menores (mínimo 20 horas/semanales).
b) Contratación de tercera persona. Una ayuda económica destinada a las familias que suscriban un contrato de trabajo (empleado/a de hogar) con persona física para la atención de los menores en el propio domicilio, siendo como mínimo de media jornada. La cuantía económica será de 300 euros por unidad familiar y mensualidad. 

Documentación:
· Anexo I (Instancia)
· Anexo II (Ficha terceros)
- Fotocopia del documento de identidad de los progenitores
- Fotocopia del Libro de Familia y documentación acreditativa de monoparentalidad
- Justificación de la situación laboral activa de los progenitores (contrato, vida laboral, alta de la seguridad social)
- En caso de cuidado de los menores por persona física contratada al efecto contrato laboral.
- Certificado de la última declaración de IRPF (excepto si se autoriza su consulta al órgano administrativo)

Plazo de presentación:
Del 6 al 15 de julio de 2020.

Lugar:
Registro General del Ayuntamiento de Albacete (por sede electrónica cuando se posea certificado electrónico).



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